Condiciones y requisitos generales para ser una persona o familia acogedora

 

Requisitos y exclusiones

Las condiciones y requisitos generales para ser una persona o familia acogedora son los siguientes:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Acceder de forma voluntaria a ser familia acogedora.
  3. En caso hubiera hijas o hijos en la familia, se recibirá su opinión en función a su edad y grado de madurez, así como de los demás miembros de la familia que vivan con ellos.
  4. Los cónyuges o convivientes deben presentar la solicitud de acogimiento familiar de manera conjunta.
  5. Disfrutar de un estado de salud física y psíquica que no dificulte el normal cuidado de una niña, niño o adolescente.
  6. Disponer de recursos necesarios para asumir los gastos de alimentación, educación, salud, vivienda y otros derivados del acogimiento.

Requisitos adicionales para ser persona o familia acogedora profesionalizada

Además de los requisitos antes listados, necesitas:

  1. Contar con experiencia y formación profesional o técnica mínima de 1 año en especialidades como psicología, trabajo social, educación, salud u otra carrera afín, para atender las necesidades de la niña, niño o adolescente con características o necesidades especiales.
  2. Contar con disponibilidad de tiempo de uno de los solicitantes, en caso de ser cónyuges o convivientes, a fin de que la niña, niño o adolescente acogida/o reciba la atención que requiere y satisfaga sus necesidades.

Exclusiones

No puede otorgarse el acogimiento familiar a la persona o familia que:

  1. Registre denuncias, antecedentes penales o judiciales por delitos en agravio de niñas, niños o adolescentes, o delitos que conlleven a la suspensión o pérdida de la patria potestad.
  2. Haya sido sancionada con suspensión o pérdida de la patria potestad o haya sido removida de la tutela o acogimiento de hecho por mal desempeño.
  3. Incumpla sus obligaciones como persona o familia acogedora anteriormente.
  4. Haya sido sentenciada por actos de violencia familiar.
  5. Registre incumplimiento en sus obligaciones en materia alimentaria.
  6. Registre incumplimiento en el régimen de visitas a sus hijas o hijos menores de edad.

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