Violación sexual de menores de 14 años. Análisis criminológicode los dictámenes por Recursos de Nulidadante sentencias, emitidos en el año 2024

Violación Sexual de Menores: Análisis Criminológico

Violación Sexual de Menores de 14 Años

Análisis Criminológico Basado en Dictámenes (2024)

Logo Fiscalía de la Nación

Un reporte del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, Perú.

Introducción

Este documento presenta un análisis criminológico exhaustivo sobre la violación sexual de menores de 14 años en Perú. Basado en los dictámenes por recursos de nulidad ante sentencias emitidos por la Fiscalía Suprema de Familia en 2024, busca caracterizar las variables de este grave delito y proporcionar evidencia concreta para el diseño de políticas institucionales y acciones preventivas. El Ministerio Público reafirma su compromiso con la protección integral de la niñez y adolescencia.

Mayo 2025

Hallazgos Principales

Perfil de las Víctimas

  • Género: El 93.8% de las víctimas son mujeres, y el 6.2% son hombres.
  • Edad: Más del 50% de los casos involucran adolescentes de 12 a 13 años, y un 44.5% niños de 6 a 11 años. Los casos en la primera infancia (0-5 años) son menos prevalentes, posiblemente debido a la dificultad de detección y denuncia.
  • Factores de Riesgo: El 30.9% sufrió o presenció violencia familiar. Un alarmante 8.6% de las víctimas experimentó revictimización sexual por una persona distinta al condenado. El 6.3% se encontraba en situación de orfandad.
  • Efectos: Más del 60% de las víctimas sufrieron repercusiones en su salud mental (estrés postraumático, ansiedad, depresión). El 17.2% presentó lesiones físicas, y el 10.5% resultaron embarazadas.

Perfil de los Sentenciados

  • Género: El 100% de los condenados son hombres.
  • Edad: El 58.6% tenía entre 27 y 59 años (adultez intermedia).
  • Convivencia: El 45% (114) de los condenados vivía con la víctima, y de estos, 20 compartían habitación, y 11 compartían cama.
  • Relación con la Víctima: Más del 50% eran familiares de la víctima (consanguíneos o por afinidad), siendo el tío (16.3%), el padrastro (13.5%) y el padre (9.6%) los principales perpetradores, lo que indica una alta prevalencia de violencia sexual intrafamiliar. El 37% eran conocidos y el 6.4% desconocidos.

Circunstancias de los Hechos

  • Lugares de Ocurrencia: El 83.6% de los delitos ocurrieron en espacios privados, principalmente la vivienda de la víctima y/o el sentenciado. Lima concentra el 66.1% de los casos analizados.
  • Recurrencia: El 70.7% de las víctimas sufrió violación sexual recurrente por periodos que oscilan desde dos días hasta 3 o más años.
  • Medios de Sometimiento: El 58.2% de las víctimas fueron sometidas mediante fuerza corporal. Otros medios incluyen engaños (22.3%) y amenazas (18.8%).
  • Formas de Ejecución: Las vías vaginal (78.9%), anal (21.1%) y oral (10.5%) fueron las formas de acceso carnal más frecuentes.
  • Silenciamiento: El 50% de las víctimas fueron silenciadas por el sentenciado (amenazas, ofrecimiento de regalos, manipulación). El 90% de los hechos fueron encubiertos por algún familiar de la víctima, principalmente la madre.

Control Social y Resultados Judiciales

  • Sentencias: El 98% de las sentencias analizadas fueron condenatorias, y el 2% absolutorias.
  • Cadena Perpetua: 76 sentencias impusieron la pena de cadena perpetua, especialmente para hechos ocurridos después de la modificación penal de agosto de 2018.
  • Apelaciones: El Ministerio Público interpuso recursos de nulidad en todas las sentencias absolutorias para su revisión.
  • Reparación Civil: Se impuso una reparación civil máxima de 63 mil soles.

Recomendaciones

  • El Ministerio Público, a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, debe actualizar la Guía de Evaluación Psicológica Forense para incluir nuevas variables en casos de violencia sexual.
  • El Ministerio de Educación y las UGEL deben fortalecer las acciones para identificar e intervenir casos de violencia en las escuelas, mediante campañas de concientización y la conformación de comités de convivencia escolar.
  • El Ministerio de Educación debe oficiar a la Policía Nacional o al Ministerio Público los hechos de violencia registrados en las escuelas, asegurando la articulación de información.
  • Las instituciones como el Ministerio Público, de Educación, de Salud, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y la Defensoría del Pueblo, deben formular campañas de sensibilización e implementar programas y talleres sobre violencia sexual en NNA.
  • Se recomienda a las instituciones del Sistema de Justicia que elaboren una guía del denunciante para orientar a los NNA sobre cómo y dónde presentar una denuncia por violencia, utilizando un lenguaje claro y sencillo.

Violación sexual de menores de 14 años

Más artículos y Publicaciones