En el Perú, el acogimiento familiar es una medida de protección que permite a una persona o familia brindar un entorno seguro y afectivo a niñas, niños y adolescentes que han sido separados de su medio familiar por situaciones de riesgo o vulneración de derechos. Está regulado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) a través de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes (DGNNA).
✅ Condiciones y requisitos generales para ser persona o familia acogedora
1. Edad y capacidad legal
- Ser mayor de 25 años.
- Tener capacidad legal para ejercer la patria potestad.
- No estar inhabilitado judicialmente para ejercer funciones relacionadas con la niñez.
2. Situación personal y familiar
- Gozar de buena salud física y mental.
- Tener una vida estable emocional y familiar.
- No registrar antecedentes penales, judiciales ni policiales.
- No encontrarse en condición de pobreza extrema.
3. Condiciones del entorno
- Contar con una vivienda adecuada, segura y con condiciones de habitabilidad.
- Vivir en un entorno que no ponga en riesgo al niño o adolescente acogido.
4. Compromiso y disponibilidad
- Tener disposición para brindar afecto, cuidados y protección.
- Estar disponible para participar en entrevistas, capacitaciones y evaluaciones del equipo técnico del MIMP o entidades autorizadas.
- Aceptar que el acogimiento es temporal y no implica una adopción.
5. Evaluación técnica
- Ser evaluado favorablemente por un equipo multidisciplinario (psicología, trabajo social y legal).
- Participar en el proceso de formación y sensibilización.
6. Consentimiento
En caso de familia, todos los integrantes adultos deben dar su consentimiento informado.
📝 Documentación requerida (puede variar según modalidad)
- Copia de DNI.
- Certificados de antecedentes penales, policiales y judiciales.
- Certificado médico.
- Recibos de servicios (para verificar domicilio).
- Declaración jurada de no tener intención de adoptar al menor acogido.
🧒🏼 Modalidades de acogimiento familiar
- Acogimiento familiar de urgencia
- Acogimiento familiar temporal
- Acogimiento familiar especializado (para niños con discapacidad o necesidades especiales)
📍 ¿Dónde se tramita?
Ante las Unidades de Protección Especial (UPE) del MIMP en cada región del país o mediante convocatorias abiertas que publica el Ministerio.