La evaluación psicológica forense, a diferencia de su contraparte clínica, se distingue por sus repercusiones jurídicas. Esta característica inherente exige que los profesionales que la realizan, los psicólogos forenses, actúen bajo un estricto apego a los principios éticos y científicos. Los operadores de justicia, quienes confían en estos informes, esperan que los conceptos emitidos por los psicólogos forenses estén en perfecta sintonía con los avances científicos y sean universalmente aceptados por la comunidad científica, tanto en sus teorías como en sus metodologías y procedimientos. En Perú, este compromiso se materializa en el Código de Ética Profesional del Colegio de Psicólogos del Perú (2018) y la Guía de Evaluación Psicológica Forense, que sirve como guía para la práctica del psicólogo forense.
La Guía de Evaluación Psicológica Forense en casos de Violencia Contemplados en el Marco de la Ley 30364, que establece una metodología estandarizada para psicólogos forenses en Perú. Su objetivo es unificar criterios y sistematizar procedimientos para la evaluación de la violencia contra mujeres y miembros del grupo familiar, así como la trata de personas. La guía distingue la evaluación forense de la clínica, enfocándose en la primera para apoyar decisiones judiciales mediante un proceso riguroso que incluye entrevistas semiestructuradas, observación de conducta, y el uso de instrumentos psicológicos. Aborda la afectación psicológica en víctimas, incluyendo niños y personas con discapacidad, considerando factores de vulnerabilidad y riesgo. La publicación también define diversos tipos de violencia y explora teorías explicativas sobre por qué las víctimas permanecen en relaciones abusivas.
El por otro lado, código de ética aborda diversos aspectos valiosos para el ejercicio profesional en el ámbito forense, comenzando por el ejercicio profesional en sí mismo. Para ejercer como psicólogo, es indispensable contar con el título correspondiente, estar debidamente colegiado y habilitado; actuar sin cumplir estos requisitos es contrario a la ética y a la deontología. Además, el psicólogo tiene la obligación de solicitar y asegurar condiciones laborales adecuadas que respeten las disposiciones legales vigentes. Es importante que la profesión se base en conocimientos científicos y procedimientos validados, lo que implica la responsabilidad de rechazar y denunciar cualquier forma de intrusismo o especulación que pueda desvirtuar el conocimiento en el campo de la salud psicológica. Particularmente, los psicólogos que desempeñan funciones legales, periciales y de auditoría deben ceñirse rigurosamente a las normas establecidas.
En cuanto a la documentación, un aspecto relevante en el ámbito forense, el Código de Ética profesional es explícito. La historia del desarrollo personal y del estado actual del individuo, un documento psicológico con valor legal que registra la investigación, debe ser veraz, completa y elaborada con sumo cuidado, absteniéndose de incluir apreciaciones, juicios de valor o información ajena a su propósito. La adulteración, modificación o falsificación de este o cualquier otro documento derivado de la investigación está estrictamente prohibida. Al emitir un informe psicológico, el profesional debe limitarse a establecer los hechos, las causas y las conclusiones de orden científico y técnico, absteniéndose de formular opiniones y juicios de valor que no estén verificados. Finalmente, en lo que respecta a los instrumentos de investigación, el psicólogo debe considerarlos como herramientas auxiliares, y su uso como definiciones psicológicas o diagnósticas está prohibido. En última instancia, el psicólogo forense debe ser minucioso en cada detalle técnico y deontológico de su intervención, y su posición debe estar siempre orientada por los criterios de imparcialidad y rigor técnico.
La ética en la evaluación psicológica forense
